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Ley contra el fascismo en Venezuela

La iniciativa contempla una serie de sanciones para quienes “promuevan el fascismo”, donde se incluye “el conservadurismo moral” y “el neoliberalismo”

Ley contra el fascismo en Venezuela

Ley contra el fascismo en Venezuela

En medio de los cuestionamientos por las denuncias de la oposición venezolana de un bloqueo de cara a las elecciones presidenciales de julio, el régimen de Nicolás Maduro enfrenta una nueva polémica después de la aprobación del proyecto de ley «contra el fascismo» impulsado por el mandatario, el cual podría incluso proscribir a la oposición.

La «Ley contra el fascismo, el neofascismo y expresiones similares» fue aprobada el martes por la Asamblea Nacional (AN), controlada por el oficialismo. La iniciativa consta de cuatro capítulos y 30 artículos y define al fascismo y neofascismo como «métodos de violencia de acción política».

Tras esta aprobación en primera instancia, el proyecto fue remitido a la Comisión Permanente de Política Interior de la AN, cuyo presidente Diosdado Cabello ya llamó a sus colegas a defender la iniciativa como corresponde. «Cualquier acto de cobardía, al enfrentar al fascismo lo que hace es fortalecerlo. Al fascismo le duele cuando le vemos los ojos y los señalamos. Tú, fascista de los apellidos, los pueblos te están derrotando», indicó.

La medida encendió inmediatamente las alarmas en la oposición y la comunidad internacional, al considerar que la nueva normativa busca eliminar cualquier agrupación que se oponga al gobierno, así como también restringir la libertad de manifestación.

Puntos clave de este proyecto:

La «Ley contra el fascismo, el neofascismo y expresiones similares» fue propuesta el pasado 23 de marzo por el presidente venezolano Nicolás Maduro. Según explicaba la vicepresidenta Delcy Rodríguez en aquel momento, el mandatario decidió impulsar esta normativa «en atención a los hechos de violencia que conoció el país en los años 2014, 2015, 2017», en alusión a las manifestaciones antigubernamentales de esos años que terminaron con más de un centenar de muertos.

La ley que consta de 30 artículos, «tiene por objeto establecer los medios y mecanismos para preservar la convivencia pacífica y la tranquilidad pública», así como «proteger a la sociedad venezolana del surgimiento de cualquier expresión de orden fascistas, neofascistas o de similar naturaleza», según el artículo 1 del texto.

En el artículo 2, la ley explica que tiene por finalidad «garantizar el derecho humano del pueblo a la paz, la convivencia y la tranquilidad pública», así como también «asegurar que el ejercicio de los derechos políticos se desarrolle mediante medios democráticos, en consonancia con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».

Del mismo modo, el proyecto establece como finalidad «prevenir y erradicar toda forma de odio y discriminación basada en motivos raciales de origen étnico, social o nacional».

Definiciones de la ley

La ley hace también una definición de los conceptos «fascismo» y «neofascismo» en su artículo 4. Sobre la primera acepción, indica que se trata de una «postura ideológica o expresión basada en motivos de superioridad racial, de origen étnico, social o nacional, que asume la violencia como método de acción política, enarbola la cultura de la muerte, denigra de la democracia, sus instituciones y valores republicanos y/o promueve la supresión de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios «.

Son rasgos comunes del fascismo, afirma la normativa, «el racismo, el chovinismo, el clasismo, el conservadurismo moral, el neoliberalismo, la misoginia y todo tipo de fobia contra el ser humano y su derecho a la no discriminación y a la diversidad».

Asimismo, define al «neofascismo y expresiones similares» como «toda postura ideológica o expresión, independientemente de su denominación, que reproduzca total o parcialmente los fundamentos, principios, propósitos, métodos y rasgos propios del fascismo».

En esa línea, la ley promueve la creación de una «red internacional» contra el fascismo, el neofascismo y expresiones similares «con el objeto de sumar y articular esfuerzos e iniciativas en los ámbitos global, regional y subregional».

Restricciones a medios de comunicación

La normativa también establece una serie de restricciones a los medios de comunicación, los que «están obligados a difundir mensajes dirigidos a promover el ejercicio democrático de la voluntad popular, la convivencia pacífica, el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco».

Asimismo, se prohíbe la difusión, tanto en medios de comunicación como en redes sociales, de mensajes de distinta índole que, entre otras cosas, «hagan apología o promuevan la violencia como método de acción política»; «favorezcan o reproduzcan la cultura del odio, la intolerancia, la discriminación y la muerte» o «denigren de la democracia, sus instituciones y valores republicanos».

También están prohibidos aquellos mensajes que «promuevan la supresión de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios» o que «exalten o hagan apología de los principios, hechos, símbolos y métodos propios del fascismo».

Prohibición de reuniones y de organizaciones

La iniciativa también prohíbe «las reuniones públicas y manifestaciones convocadas con el objeto de promover o hacer apología del fascismo, neofascismo y expresiones similares», ante lo cual las autoridades deberán tomar las medidas preventivas necesarias o disolver las movilizaciones que contradigan la citada ley.

Por otro lado, la iniciativa también prohíbe la promoción, constitución y funcionamiento de organizaciones sociales o políticas que «promuevan, hagan apología o se fundamenten en el fascismo, neofascismo y expresiones similares». Los tribunales de justicia tendrán la facultad de ordenar la disolución de estas agrupaciones.

Las agrupaciones políticas, además, se verán expuestas a la cancelación del registro por parte del Consejo Nacional Electoral, que podría ordenar su suspensión. Por su parte, el Tribunal Supremo de Justicia podrá acordar la disolución de estas organizaciones previa solicitud del Ministerio Público.

En lo que corresponde a las personas naturales, todo aquel que «haya adoptado conductas» que promuevan el fascismo no podrán optar a cargos de elección popular. Asimismo, un candidato podrá ser impugnado y sometido ante la justicia, que resolverá su situación.

Creación de una Alta Comisión

La normativa también dispone la creación de una «Alta Comisión contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares» cuyo objetivo principal será el de «asesorar y generar recomendaciones en cuanto a políticas públicas y medidas específicas» para garantizar la convivencia pública. Este órgano podrá identificarse como «Alta Comisión contra el Fascismo».

La composición de esta comisión será establecida y regulada por el Presidente de Venezuela mediante un decreto y también podrá convocar a personal externo para participar en sus reuniones.

Sanciones

La ley «antifascista» contempla tanto sanciones penales como administrativas. Así, quienes promuevan o ejecuten «acciones violentas» arriesgan penas de entre ocho y doce años de prisión e inhabilitación política por el tiempo de la condena.

Por su parte, quienes hagan «apología o promuevan los principios, hechos y métodos propios del fascismo» enfrentarán penas de entre seis y diez años de prisión y la inhabilitación política por el tiempo de la condena.

En el grupo de las sanciones administrativas, la ley establece que las personas naturales o jurídicas que «promuevan, hagan apología o se fundamenten en el fascismo» serán sancionadas «con una multa por la cantidad en bolívares equivalente a entre cincuenta mil (50.000) y cien mil (100.000) veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela».

Respecto a los medios de comunicación, aquellas emisoras de radio y/o canales de televisión que incurran en una falta de las ya descritas, serán sancionados con la revocatoria de la concesión. Por su parte, los medios electrónicos y los impresos deberán pagar una multa «por la cantidad en bolívares equivalente a entre cincuenta mil (50.000) y cien mil (100.000) veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela».

ARCA.NEWS

Fuente: El Nacional

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